jueves, 3 de noviembre de 2011

Problematica Ambiental Represa Hidroelectrica del Quimbo

AMENAZA ECOCIDA Y SOCIAL PROVOCADA POR LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO EN EL DEPARTAMENTO DEL HUILA

El proyecto hidroeléctrico El Quimbo fue concesionado por el Estado colombiano a la empresa colombo-española Emgesa (subsidiaria de Endesa y actual propiedad de la italiana ENEL) y que está ubicado en la región central del Huila, en el sitio denominado El Quimbo: 9000 hectáreas de 6 Municipios del Huila, Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, y del Macizo Colombiano; con 300.000 habitantes de los cuales 1.537 serían desplazados, la mayoría vinculados a 8 empresas comunitarias con más de 40 años de existencia, en plena producción agropecuaria, (cacao, sorgo, maíz, arroz) por un valor de $33.000.000.000 anuales. Cuenta con 842 hectáreas de bosque primario y tropical seco, poblaciones de peces que son básicos para la seguridad alimentaria, 103 especies de aves, 13 especies de reptiles y tres especies de mamíferos en severo peligro: la pacaraná, el mono nocturno de manos grises y la nutria neo tropical.

Hemos sido informados de que El Gobierno Colombiano mediante la Resolución 321 de septiembre 1 de 2008, declaró de “utilidad pública e interés social los terrenos necesarios para la construcción y operación del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo” a favor de la Empresa Endesa Emgesa, sin haber consultado ni acordado previamente con las comunidades afectadas, como lo consigna la legislación colombiana para estos casos y sin la previa sustracción del 95% del área de El Quimbo que hace parte de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía. La medida ha causado daños a las actividades productivas de las comunidades y personas por la imposibilidad de acceder a las fuentes crediticias, la negación de subsidios estatales e inversiones en infraestructura y redes prestadoras de servicios sociales y, especialmente, por la incertidumbre generada con relación al futuro de los proyectos de vida.

Además, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorgó la Licencia Ambiental, mediante Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009, modificada por la Resolución 1628 de 2009 y ajustada por resolución 1814 de septiembre de 2010 después de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca improbara la conciliación extrajudicial considerando que el mecanismo previsto para la modificación de la licencia ambiental no era éste recurso jurídico, ni fueron consultadas las instancias administrativas que habían conceptuado previamente sobre el Estudio de Impacto Ambiental, que sirvió de fundamento a la expedición de la licencia ambiental, el desconocimiento de la participación de las comunidades y el desacato de los funcionarios al no sujetarse al estricto cumplimiento de la Ley, porque una conciliación extrajudicial, según el Tribunal, es para “proteger la legalidad y los intereses patrimoniales del Estado y los derechos fundamentales”. Todas estas decisiones se han tomado “arrollando las objeciones de campesinos, pequeños propietarios, ONG, profesionales del medio ambiente, y Procuraduría”, como lo testifica entre muchos otros, el ex ministro de Minas de Colombia Jorge Eduardo Cock Londoño en su artículo publicado el 10 de junio de 2009 “Medio ambiente: ni leyes ni razones y mucho atropello”

Sabemos también, que las comunidades de El Quimbo se niegan a desaparecer y a ser reubicadas y expropiadas, no han sido debidamente informadas y consultadas respecto al proyecto que los va a afectar, han sido hostigadas y amenazadas y presentan un alto grado de afectación psicosocial ante la incertidumbre de sus proyectos de vida, lo que los ha llevado a la desesperanza y desconcierto.

Nos preocupa que el Gobierno haya incurrido en irregularidades jurídicas al expedir y modificar la licencia ambiental, al desconocer la Sentencia del Tribunal de Cundinamarca y al no cumplir con la expedición de los Actos Administrativos sobre el seguimiento a la gestión social de Emgesa y que esta empresa haya anunciado la iniciación de la obra sin el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la licencia como se registra en el recurso de reposición contra la Resolución 1814 de septiembre de 2010 interpuesto por la Fundación el Curíbano, -Tercer Interviniente- ante el Ministerio de Ambiente.


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