jueves, 3 de noviembre de 2011

Problematica Ambiental Represa Hidroelectrica del Quimbo

AMENAZA ECOCIDA Y SOCIAL PROVOCADA POR LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL QUIMBO EN EL DEPARTAMENTO DEL HUILA

El proyecto hidroeléctrico El Quimbo fue concesionado por el Estado colombiano a la empresa colombo-española Emgesa (subsidiaria de Endesa y actual propiedad de la italiana ENEL) y que está ubicado en la región central del Huila, en el sitio denominado El Quimbo: 9000 hectáreas de 6 Municipios del Huila, Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, y del Macizo Colombiano; con 300.000 habitantes de los cuales 1.537 serían desplazados, la mayoría vinculados a 8 empresas comunitarias con más de 40 años de existencia, en plena producción agropecuaria, (cacao, sorgo, maíz, arroz) por un valor de $33.000.000.000 anuales. Cuenta con 842 hectáreas de bosque primario y tropical seco, poblaciones de peces que son básicos para la seguridad alimentaria, 103 especies de aves, 13 especies de reptiles y tres especies de mamíferos en severo peligro: la pacaraná, el mono nocturno de manos grises y la nutria neo tropical.

Hemos sido informados de que El Gobierno Colombiano mediante la Resolución 321 de septiembre 1 de 2008, declaró de “utilidad pública e interés social los terrenos necesarios para la construcción y operación del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo” a favor de la Empresa Endesa Emgesa, sin haber consultado ni acordado previamente con las comunidades afectadas, como lo consigna la legislación colombiana para estos casos y sin la previa sustracción del 95% del área de El Quimbo que hace parte de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía. La medida ha causado daños a las actividades productivas de las comunidades y personas por la imposibilidad de acceder a las fuentes crediticias, la negación de subsidios estatales e inversiones en infraestructura y redes prestadoras de servicios sociales y, especialmente, por la incertidumbre generada con relación al futuro de los proyectos de vida.

Además, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorgó la Licencia Ambiental, mediante Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009, modificada por la Resolución 1628 de 2009 y ajustada por resolución 1814 de septiembre de 2010 después de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca improbara la conciliación extrajudicial considerando que el mecanismo previsto para la modificación de la licencia ambiental no era éste recurso jurídico, ni fueron consultadas las instancias administrativas que habían conceptuado previamente sobre el Estudio de Impacto Ambiental, que sirvió de fundamento a la expedición de la licencia ambiental, el desconocimiento de la participación de las comunidades y el desacato de los funcionarios al no sujetarse al estricto cumplimiento de la Ley, porque una conciliación extrajudicial, según el Tribunal, es para “proteger la legalidad y los intereses patrimoniales del Estado y los derechos fundamentales”. Todas estas decisiones se han tomado “arrollando las objeciones de campesinos, pequeños propietarios, ONG, profesionales del medio ambiente, y Procuraduría”, como lo testifica entre muchos otros, el ex ministro de Minas de Colombia Jorge Eduardo Cock Londoño en su artículo publicado el 10 de junio de 2009 “Medio ambiente: ni leyes ni razones y mucho atropello”

Sabemos también, que las comunidades de El Quimbo se niegan a desaparecer y a ser reubicadas y expropiadas, no han sido debidamente informadas y consultadas respecto al proyecto que los va a afectar, han sido hostigadas y amenazadas y presentan un alto grado de afectación psicosocial ante la incertidumbre de sus proyectos de vida, lo que los ha llevado a la desesperanza y desconcierto.

Nos preocupa que el Gobierno haya incurrido en irregularidades jurídicas al expedir y modificar la licencia ambiental, al desconocer la Sentencia del Tribunal de Cundinamarca y al no cumplir con la expedición de los Actos Administrativos sobre el seguimiento a la gestión social de Emgesa y que esta empresa haya anunciado la iniciación de la obra sin el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la licencia como se registra en el recurso de reposición contra la Resolución 1814 de septiembre de 2010 interpuesto por la Fundación el Curíbano, -Tercer Interviniente- ante el Ministerio de Ambiente.


Lecciones Aprendidas Modulo MIMA

SEMINARIO: MANEJO INTEGRADO DEL MEDIO AMBIENTE

Tarea: Lecciones aprendidas.

Presentado a:

Docente. LUIS ALBERTO VARGAS MARIN.

Tutora: DIANA MARCELA GRANADOS.

Elaborado por:

LUIS ALFREDO LOZADA PEREZ

CC 12.136.331 de Neiva

UNIVERSIDAD DE MANIZALES

MAESTRIA DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE

V Cohorte Virtual-G2

Noviembre de 2011

INTRODUCCION

El Manejo Integrado del Medio Ambiente (MIMA) deben ser normas aplicables mediante procedimientos que debemos asumir nosotros como humanos y como seres dotados de razón y es fundamental exteriorizarlo en nuestras actividades diarias, ya que mediante estas acciones podemos lograr una real interacción entre nuestro hogar "Planeta Tierra" y los seres que vivimos en ella.

Para alcanzar este ideal debemos apropiarnos, interiorizar y recrear los conocimientos adquiridos mediante la interacción de diferentes disciplinas que buscan obtener el mismo resultado.

Este Manejo debemos inculcarlo y concientizarlo en nuestras diversas comunidades sin excluir ningún grupo social, ya que mediante una real interrelación de todas las ciencias y factores humanos conocidos podemos llegar a obtener el desarrollo ideal sin deteriorar y destruir el medio ambiente.

OBJETIVOS

· Realizar una entrada al Blog de la plataforma e indicar las lecciones aprendidas en el presente modulo de Manejo integrado del medio ambiente.

· Elaborar un documento tipo ensayo como producción propia, donde sintetice las enseñanza que me dejo las participación en el seminario de MIMA.

· Tener en cuenta referente teórica, conceptual y resultados de trabajos de manejo integrado del medio ambiente.

· Tener en cuenta las indicaciones para la elaboración de ensayos.

“LECCIONES APRENDIDAS EN EL MODULO DE MANEJO INTEGRADO DEL MEDIO AMBIENTE –MIMA-”

Los aprendizajes desarrollados en el modulo del Manejo integrado del medio ambiente (MIMA), fueron fundamentales, destaco los aportes y presentación que hizo el Dr. Luís Alberto Vargas Marín y el apoyo incondicional de la tutora Diana Marcela Granados.

En primer lugar la participación inicial en una encuesta donde pude reflejar mis saberes previos.

Posteriormente un trabajo aplicado sobre “Mi huella ecológica”, donde pude descubrir en un test virtual, que tan comprometido estoy con el medio ambiente de acuerdo a mi forma de vida, los resultados no fueron tan desalentadores, mi huella ecológica fue de 0,6 tierras, afirmando que en buena hora, llevo un estilo de vida con conciencia ecológica, este resultado me alegra mucho y me invita a seguir trabajando en el mantenimiento o disminución de este valor.

En cuanto a la huella de carbono, huella de alimentación, huella de alojamiento, huella de bienes y servicios en total me dio un valor de 9,50.

Participación durante el desarrollo del modulo, en el foro con 2 líneas de discusión, la primera me permitió conocer la problemática ambiental que tenemos a nivel global, nacional y local, como también el tipo de contaminación que generan los procesos industriales, agrícolas y de transporte en mi región del Huila.

La segunda línea de discusión fue de la problemática ambiental que identifique y relacione las alternativas de solución a partir de un manejo integrado del medio ambiente, en mi caso el problema de la minería de oro de aluvión en el municipio de Campoalegre Huila.

En cuanto a la actividad de tarea, en las experiencias significativas en el uso productivo de biomasa, mi aporte fue sobre el uso de la biomasa, cascarilla de arroz como fuente combustible en la producción de calor en el secado del grano en la industria arrocera. Investigación realizada en los departamentos del Huila y Tolima, en los molinos Roa, Flor Huila y arroz Diana. Encontrando un aporte significativo en la reducción de energía eléctrica y reducción de carbón coque y un ahorro económico en el proceso.

Lo aprendido en el tema de cambio climático muy importante saber como poco a poco por el interés económico y mezquino de algunas potencias están sacrificando nuestro medio natural y el planeta en general, poniendo en peligro nuestra existencia.

Los aportes individuales en el Wiki del grupo de trabajo, fue sobre la articulación del tema de cambio climático en nuestra propuesta de investigación, a partir de sus relaciones con el proceso social, ambiental y económico la identificación del aporte desde mi proyecto de investigación hacia este tema fue sobre la gestión del recurso hídrico en la quebrada las Tapias de la Vereda la Vega del municipio de Campoalegre Huila.

Los aportes individuales en el Wiki del grupo de trabajo, fue sobre la articulación del tema de cambio climático en nuestra propuesta de investigación, a partir de sus relaciones con el proceso social, ambiental y económico y la construcción colectiva, acuerdos y desacuerdos en cuanto al tema de cambio climático.

La presentación del trabajo colaborativo por parte del grupo No.3 conformado por Silvia Arredondo de Medellín, Nubia Zuluaga de Pereira, Alberto García de Bucaramanga y mi aporte desde Neiva Huila, en el segundo Chat académico del modulo MIMA.

El trabajo se presento de la siguiente manera, una definición construida de cambio climático, las causas, situación global, situación Colombia, soluciones, alternativas desde nuestros proyectos de investigación en nuestras regiones y finalmente las conclusiones finales del grupo.

Posteriormente realice una entrada al blog, anotando este trabajo de las lecciones aprendidas de este modulo y para terminar, realice una actividad de evaluación final.

CONCLUSIONES

· La actividad, me permitió participar activamente en el desarrollo de trabajos como conducta de entrada, conocimientos previos, tareas, foros de discusión, participación en chat académicos, investigar trabajos que incluyen uso de biomasa etc.

· El presente trabajo me permitió conocer mi huella ecológica, mi huella de carbono, mi huella de alimentación, mi huella de alojamiento y mi huella de bienes y servicios.

· Conocer la problemática ambiental que tenemos a nivel, nacional, regional y local.

· Me permitió Identificar los tipos de contaminación que generan los procesos industriales, agrícolas, urbanísticos y de transporte en mi región.

· Los verdaderos resultados de la cumbre del Medio ambiente en Copenhague, Dinamarca.

· El aporte de mi proyecto de investigación sobre el manejo del recurso hídrico y su relación con el cambio climático.

· Este trabajo me permitió una mejor comprensión de temas como la globalización y el medio ambiente, Biosistemas integrados, el cambio climático, etc.

BIBLIOGRAFIA

  • PÉREZ, Carlota. “Las nuevas tecnologías: Una visión de conjunto, en La Tercera Revolución Industrial, Carlos Ominami (ed.), RIAL, Grupo Editor Latinoamericano, Buenos Aires, 1986.

  • ROCA, William M. “El papel de la biotecnología en la agricultura de los países en desarrollo”. Innovación y Ciencia. VOLUMEN II, No 1. Enero - Marzo de 1993.

PROBLEMATICA AMBIENTAL

PROBLEMÁTICA AMBIENTAL

Siguiendo la línea de la problemática de la explotación minera en nuestro país, planteada inicialmente por Sandra Patricia Paz Velásquez y continuada por Jonathan David Morales Méndez con el caso de la minería en el paramo de Santurban Santander por una empresa Canadiense es muy aterrador saber que nos encontramos en los inicios de la desaparición de otro ecosistema estratégico de nuestro país y en el caso planteado por el compañero Esneyder José Sepúlveda Serna con la explotación del coltan o llamado “oro azul” en Guainía, Vichada y Vaupés, puedo afirmar que en el Huila y mas exactamente en el municipio de Campoalegre no es la excepción a esta problemática en la actualidad existen en proceso de legalización 5 explotaciones mineras de aluvión, sobre la margen del Río Magdalena 3 de ellas de propietarios Huilenses y 2 de ellas por 2 hermanos Coreanos, aunque la nueva ley 1382 de 2010, propicia dicha actividad la corporación autónoma regional del alto magdalena CAM, la desconoce y ha sancionado y cerrado las explotaciones que a la fecha no han cumplido con el trámite legal de la licencia ambiental para esta actividad.

PROBLEMAS DE LA MINERIA EN CAMPOALEGRE HUILA

Campesinos, empresarios mineros y propietarios de tierras en Campoalegre, se han unido para pedir al Gobierno Nacional facilitar los procesos de legalización de los problemas de desempleo generados por la crisis del sector agrario y ganadero.

Ante la difícil situación económica de campesinos y propietarios de tierras del Municipio de Campoalegre, los labriegos piensan en incursionar en la actividad minera, extracción de oro, apoyándose en la Ley de Legalización de Minería de Hecho, Ley 1382 de 2010, y amparándose en el Programa de Gobierno del Municipio, ‘Campoalegre entregado a su gente’, que tiene entre sus objetivos, fomentar y desarrollar la minería en ese municipio.

En oficio dirigido al Director de Ingeominas, Mario Ballesteros Mejía, 23 labriegos y propietarios de tierras de la vereda Llano Norte, y predios El Rincón, Candelaria y Meloche del Municipio de Campoalegre, manifiestan que “tradicionalmente desde nuestros ancestros la minería ha sido una opción para subsistir como puede ser fácilmente constatado… solicitamos se nos oficialice la forma en que nuestra comunidad puede hacerse cargo y contribuir en los planes de legalización que tuvieran lugar con el fin de que la minería nos ofrezca otra oportunidad de trabajo a los campesinos campoalegrunos, que en momentos como el actual dada la crisis arrocera, asociada al contrabando, bajos precios para los productores, altos costos de insumos y nueva plaga que arrasó con nuestras cosechas, han dejado a nuestra comunidad en quiebra…”

Mientras esperan respuesta a esa petición que hicieron el pasado 10 de junio, con copia a la Procuraduría Judicial, Ambiental y Agraria del Huila, a la Oficina de proyectos, Alcaldía y personería del Municipio de Campoalegre, los labriegos han decidido participar de audiencias públicas promovidas por la Alcaldía de Campoalegre y en reuniones con empresarios mineros que se encuentran en proceso de legalización.

Resolución 1886 de la CAM, ordena suspender actividad minera por daños ambientales

Como medida preventiva, el Director de la CAM, Rey Ariel Borbón, mediante Ley 1886 de 15 de julio de 2010, impuso suspensión inmediata de todas las actividades de minería aurífera en el rio Magdalena (tramo represa de Betania hasta el municipio de Neiva), que comprenden jurisdicción de los municipios de Yaguará, Campoalegre, Rivera, Palermo y Neiva, del departamento del Huila, hasta tanto los mineros ilegales no legalicen en debida forma dicha actividad, “(explotaciones que cuenten con titulo minero inscrito en el registro Minero Nacional y Licencia Ambiental)”.

En dicha Resolución, la CAM ordena el “retiro inmediato de toda la maquinaria causante del daño ambiental en los sitios de extracción minera, para lo cual se requiere a los alcaldes de los municipios de Yaguará, Campoalegre, Rivera, Palermo y Neiva para que ejerzan a prevención la facultad otorgada en el artículo 2 de la Ley 1333 de 2009, así como la de imponer las medidas preventivas a que hace referencia el Artículo 13 de la Ley 1333 de 2009”.

http://www.tusemanario.com/edicion/127/cronicasyreportajes.htm

http://www.diariodelhuila.com/noticia/16770

http://www.upme.gov.co/Docs/Mineria/977.pdf

“La Corporación Autónoma regional del Alto Magdalena (CAM) no reconoce nueva Ley Minera del país”

Con restricciones de acceso a la prensa y a asesores jurídicos de empresarios mineros, la CAM ha accedido a dos reuniones con los mineros en el mes de julio, una convocada por el Procurador Agrario regional, Diego Vivas, y la otra solicitada por los propios mineros, en las que sólo asistieron por parte de las autoridades locales, el alcalde de Campoalegre y un delegado del alcalde de Neiva. La medida de suspensión preventiva de la actividad minera se mantiene por parte de la CAM lo que ha generado una reacción por parte de algunos asesores jurídicos sobre el tema.




Según el abogado defensor de mineros en Campoalegre, Orlando Ordoñez Chavarro, la CAM presiona indebidamente a los mineros que se encuentran en proceso de legalización, desconociendo la nueva Ley Minera del país.

Argumenta el abogado que “la nueva ley minera del país, Ley 1382 de 2010, legalización de la minería de hecho, dice claramente que para poder tener acceso a la licencia ambiental, primero el minero debe obtener la aprobación del Plan de Trabajo y Obras (PTO) por parte de Ingeominas, y eso sólo puede hacerse después de por los menos 1 año y dos meses. Primero, el minero de hecho solicita legalización de su actividad a Ingeominas; luego Ingeominas hace visita de viabilidad al minero dentro un año, para luego en dos meses aprobarle el PTO y después sí solicitar un Plan de Manejo Ambiental, que debe irse construyendo en el transcurso de ese tiempo asesorado por la autoridad ambiental”.

Sobre la licencia ambiental, el abogado Ordoñez dice que “el Plan de Manejo Ambiental (PMA) es precisamente eso que pide el artículo 50 de la Ley 99 de 1993, Ley del Medio Ambiente, un estudio que se somete a consideración de las autoridades ambientales, el cual, para este caso, debe contar con los tiempos que exige la nueva norma de minería.”

En cuanto a la definición y calidad de Minero Tradicional o de Hecho, que se acoja a la Ley 1382 de 2010, el abogado Ordoñez Chavarro advierte que “esa decisión la tiene que hacer por competencia y por ley, Ingeominas, para lo cual existen unos procedimientos que los empresarios mineros están dispuestos a presentar y otros ya se encuentran en diligenciamiento. De resto es intromisión indebida por parte de la CAM porque no es de su competencia definir quién sí y quién no se considera minero tradicional.”

Normatividad sobre los tiempos del (PMA) Plan de Manejo Ambiental y del (PTO) Plan de Trabajo de Obras

Ley 1382 de 2010, Legalización de Minería de Hecho, reformatoria de la Ley 685 de 2001, Código de Minas. Artículo 12, “Legalización: Los explotadores, los grupos y asociaciones de minería tradicional que exploten minas de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional, deberán solicitar, en el término improrrogable de dos (2) años contados a partir de la promulgación de la presente ley, que la mina o minas correspondientes le sean otorgadas en concesión llenando para el efecto todos los requisitos de fondo y de forma y siempre que el área solicitada se hallare libre para contratar, y se acredite que los trabajos mineros se vienen adelantando en forma continua desde antes de la vigencia de la Ley 685 de 2001”.

PARÁGRAFO 1o. “En todo caso, la autoridad minera contará hasta con un (1) año para realizar la visita de viabilizarían, después de presentada la solicitud de legalización, para resolver el respectivo trámite; y contará hasta con dos (2) meses, a partir del recibo de los PTO y PMA por parte del interesado, para resolver de fondo la solicitud de legalización. Hasta tanto la Autoridad Minera no resuelva las solicitudes de legalización en virtud de este artículo no habrá lugar a proceder, respecto de los interesados, mediante las medidas previstas en los artículos 161 y 306, ni a proseguirles las acciones penales señaladas en los artículos 159 y 160 de este Código”.

“En los casos de legalización planteados en el presente artículo, los trámites de evaluación, visita de viabilizarían y adjudicación de la concesión, se efectuarán de manera gratuita por parte de la Autoridad Minera, quien destinará los recursos necesarios para la realización de estos. Sin embargo los estudios (PTO: Plan de Trabajo y Obras y PMA: Plan de Manejo Ambiental) requeridos para la ejecución de la concesión estarán a cargo de los solicitantes”.

Lo que dice la norma sobre Licencia Ambiental
La Ley 99 de 1993, Sistema Nacional Ambiental o del Medio Ambiente. Artículo 50 “Se entiende por licencia ambiental la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de efectos ambientales de la obra o actividad autorizada”.

Marco Jurídico Minería de Hecho en Colombia
La minería de hecho o ilegal, ha venido siendo objeto de programas sociales de legalización hace varios años en Colombia. Primero fue la Ley 141 de 1994, en su artículo 58. Luego la Ley 685 de 2001 en su artículo 65 y con su Decreto reglamentario 2390 de 2002. Y ahora es la Ley 1382 de 2010 en su artículo 12 y el cual, se encuentra en espera de su correspondiente Decreto Reglamentario que debe ser expedido por el Ministerio de Minas y Energía.

http://www.simco.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=SW5htFa4evE%3D&tabid=289&mid=1438

http://www.minambiente.gov.co/contenido/contenido_imprimir.aspx?catID=1129&conID=6184&pagID=6189

http://www.huila.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=6563:Prensa&catid=50:prensa&Itemid=3850

Minería en el Huila

El departamento Huila tiene grandes riquezas minerales tales como petróleo, rocas ornamentales de donde se extrae el mármol, el granito y la arenisca, rocas calcáreas que producen la caliza y la dolomita, rocas fosfóricas y materiales arcillosos, plata y oro, entre otras.

Una gran parte de los ingresos el presupuesto18 departamental está basada en las regalías por concepto de explotación de petróleo. En el año 2010, el presupuesto18 era de $763.092 millones y las regalías fueron de $167.565 millones, es decir el 21.9%. Sin embargo, en el Plan de Desarrollo se contempla la necesidad de que el departamento deje de depender de estos ingresos, en especial para ejecutar proyectos de inversión.

“Éste por ser un recurso no renovable, no garantiza sostenibilidad económica a largo plazo. Un estudio realizado por el Departamento Administrativo de Planeación “Huila sin Regalías”, plantea que a 6 años el departamento, de no haber descubierto nuevos yacimientos de petróleo, se quedaría sin la posibilidad de contar con ingresos por concepto de esta actividad, por lo cual se hace necesario fortalecer la capacidad tributaria, a través del incremento de los ingresos propios, y reorientando la vocación actual productiva hacia sectores como la agricultura (es el primer productor de café especial y participa con el 52% de las ventas en el exterior y ocupa el quinto lugar en producción de caña panelera) y el turismo, fortaleciéndolos a través de la tecnificación y

modernización de los mismos”19.

De acuerdo con los datos del Plan de Desarrollo20, en el departamento del Huila existen 643 minas donde se explotan distintos materiales de los ya mencionados.

La producción y calidad del mármol del Huila tiene alto reconocimiento. Sin embargo, no ha podido ser explotado de manera intensiva debido a dificultades logísticas, de tecnología, de eslabonamiento en la cadena productiva y por el impacto ambiental.

La mayor producción se encuentra en el distrito minero de Palermo que incluye además a los municipios de Neiva, Santa María y Teruel.

Según datos de la Cámara de Comercio de Neiva sobre empresas registradas, entre los años 2008 y 2010 se presentó un incremento en la creación de empresas en ese sector que osciló entre 27 y 29, luego de que en el 2006 solo se habían registrado 8.

Así mismo, en la Agenda de Productividad y Competitividad21, se identificó al sector minero como uno de los esenciales para el desarrollo y crecimiento del departamento hasta el año 2020. Además del mármol, Huila cuenta con grandes reservas de roca fosfórica en Tesalia y Aipe que es utilizada para la fabricación de fertilizantes, y de arcilla que se utiliza para producir artesanías y bienes para la construcción. También existe un potencial en calcio y magnesio que puede ser explotado.

18 Departamento del Huila, Asamblea departamental. Plan de desarrollo departamental 2008-2011. Páginas 231 y 232

19 Ibid, páginas 59 y 60

20 Ibid página 63

21 Departamento Nacional de Planeación. Agenda de productividad y competitividad. Documento regional Huila, junio de 2007

CASOS EXITOSOS DE ALGUNOS PROYECTOS EN PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA

Programa certificación oro verde

El certificado es otorgado por la Corporación Oro Verde - COV y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico para las comunidades negras de Tadó y Condoto en el Chocó.